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CRE aterriza reglas de inspecciones a permisionarios

Fuente: El Economista / Karol García

en Noticias del Día
CRE aterriza reglas de inspecciones a permisionarios

Habrá visitas ordinarias y extraordinarias por parte de la Comisión para todas las actividades de hidrocarburos. En el caso de las primeras se les asignará una puntuación que puede ir de 0 a 10 puntos; las segundas se realizarán cuando haya alguna denuncia o solicitud gubernamental.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), publicó ayer jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo A/009/2023 que modifica el acuerdo A/037/2016, en el que se expiden los criterios y la metodología para determinar las visitas de verificación o inspección que deberán llevarse a cabo en materia de todas las actividades de hidrocarburos que van desde la elaboración hasta la distribución al público de productos en las instalaciones del país tanto privadas como propiedad del Estado.

Con base en una matriz de evaluaciones, cada año se determinará a quiénes se realizarán inspecciones y el número de estas visitas será definido por el presupuesto que le otorgue Hacienda al regulador.

En cada contacto que se tenga con algún operador de infraestructura, como entrega de reportes, se le calificará y una puntuación de 10 a 7.6 puntos implicará una visita de verificación ordinaria al sujeto regulado, según las nuevas disposiciones.

De 7.5 a 5.1 puntos se deberá requerir información al regulado, mientras que de 5 a 2.6 se deberá monitorear, y de 2.5 a 0 se debe dar seguimiento rutinario de las obligaciones. Esto, en lo que respecta a visitas ordinarias de verificación.

Las visitas de verificación extraordinarias, se realizarán de manera enunciativa más no limitativa, a solicitud de cualquiera de las áreas sustantivas de la Comisión (petrolíferos, gas natural, gas L. P., o mercado de hidrocarburos) cuando se trate de inconsistencias en volúmenes recibidos y entregados, así como diferencias entre los volúmenes de compra y venta, así como si se encuentran inconsistencias en reportes estadísticos sin actividad. También cuando el permisionario no dé aviso a la Comisión por cualquier situación que se tenga considerada en su permiso otorgado por la CRE o por cualquier observación, o por inconsistencia o incumplimiento de alguna obligación por parte del permisionario desde su publicación de permiso y antes de su puesta en operación.

Finalmente, se podrá hacer visitas a solicitud de cualquier dependencia del gobierno federal, estatal o municipal, atención a una denuncia ciudadana, nota en un medio informativo, requerimiento legal especifico y en conjunto con otras dependencias de gobierno, tales como la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Agencia de Seguridad Energética y Ambiental (ASEA), la Guardia Nacional o la Secretaría de Marina.

Marcial Díaz, presidente de la Asociación de Regulados del Sector Energético (ARSE), detalló a El Economista que dado que de cualquier forma se llevan a cabo revisiones a discreción de la autoridad, mantener en orden las obligaciones para cada tipo de Infraestructura, por pesada que resulte la actividad o incluso si la regulación es excesiva, beneficiará a las autoridades y también a los empresarios, que siguen a la espera de que se desahogue trámites que fueron postergados por la pandemia del Covid-19.

«Es evidente que la CRE trae una agenda regulatoria en aras del cumplimiento de las obligaciones, muchos de los regulados están incómodos con la manera en que se levantaron la suspensión de plazos derivado del Covid-19 y como están demorado sus solicitudes de cesión y actualización con la famosa prelación de los turnos presentados en los años 2020 a la fecha, sin duda esta situación no es conveniente para un sector tan dinámico», explicó el especialista.

Por tanto, aclaró que es importante no dejar de cumplir, pues la Comisión está muy atenta y las sanciones pueden ser cuantiosas y en ocasiones llegar hasta la revocación del permiso, según su experiencia.

karol.garcia@eleconomista.mx

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