El Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) lanzó un comunicado esta mañana, en el que dio a conocer que, el lunes 25 de mayo, fue notificado acerca de seis resoluciones interlocutorias dictadas en los incidentes de suspensión, vinculadas con diversos juicios de amparo promovidos por algunos generadores contra el “Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”.
En el documento aclaró que atenderá lo señalado en dichas resoluciones en los términos en que fueron emitidas; sin embargo, “se harán valer los medios de impugnación que la ley le otorga”.
El organismo reiteró que hará válido ante las autoridades la falta de competencia del Juez de conocimiento, “dado que se trata de un asunto administrativo y no de competencia económica”, ya que el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) se encuentra fuera de comercio, “situación que se reconoce por el juzgador en las resoluciones”.
“Cabe señalar que otorgó la suspensión definitiva sin el conocimiento de la situación técnica”, esto debido a que el juez solicitó que el Cenace se vea obligado a rendir un informe para explicar cuestiones técnicas referentes a la suspensión. “No obstante, aun desconociendo los alcances técnicos, otorgó la suspensión definitiva sin identificar el impacto al SEN, poniendo en peligro dicho bien público en perjuicio del Estado Mexicano, representado por el Cenace para estos efectos” se lee en el comunicado.
Finalmente, informaron que cuentan con “evidencia documental” que demuestra que, en la audiencia incidental del 22 de mayo, el personal del Cenace actuó de forma apropiada en las instalaciones del Poder Judicial.
Suspensión definitiva para plantas de energía renovable
El juez primero de distrito, Rodrigo de la Peza López Figueroa, concedió la suspensión definitiva a 13 plantas que no podrían realizar las pruebas operativas necesarias para iniciar actividad en sus centrales, debido a las modificaciones publicadas en el acuerdo que emitió el Cenace el 29 de abril.
Con la decisión que tomó el Cenace acerca de impugnar las suspensiones, el tribunal colegiado en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones tomará el caso.
Las suspensiones beneficiaron a las empresas Eólica Tres Mesas, Recursos Solares PV de México IV, Fuerza Eólica del Istmo, Eoliatec del Pacífico, Eoliatec del Istmo, Fuerza Eólica de San Matías, Akin Solar, Tai Durango Cuatro Neo, Versalles de las Cuatas Uno, Dos y Tres, Eléctrica del Valle de México y Mitre Calera Solar.