Cada semana suministra miles de litros de combustible para equipos que se utilizan en el proceso de extracción y explotación minera.
Recientemente tuve oportunidad de platicar con un comercializador de diésel de una de las múltiples zonas mineras del país. Cada semana suministra miles de litros de combustible para equipos que se utilizan en el proceso de extracción y explotación minera.
Cuando le pregunté cómo se almacenaba el producto, me mostró algunas fotografías de tanques con instalaciones diversas. Me platicó que las empresas mineras, no son dueñas de esos tanques, sino que le facilitaron a sus proveedores una zona para que instalaran sus propios dispensarios; lo que lleva a que cada distribuidor o comercializador tenga que implementar sus propios sistemas de auto-despacho y control volumétrico.
En algunos casos, el despacho se hace por medio de un sistema remoto y en otros, a través de “fichas” tipo “Air Tags” que cada usuario tiene asignado y que lo utiliza como “llave” para habilitar el dispensario.
Esta situación, además de los enormes riesgos ambientales en que pone a las empresas mineras, tampoco abona en sus niveles de “compliance regulatorio”, indicadores que, al ser empresas públicas, deben de garantizar a sus accionistas.
Pero ¿de quién es la “culpa”? ¿De los proveedores o de las empresas mineras en su calidad de usuarios? Mi respuesta es que es responsabilidad de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Desde hace mucho se sabe que esta situación es un riesgo ambiental, de seguridad industrial y operativa, motivo por el cual la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), en su momento a cargo del Ing. Carlos de Régules Funes, emitió unas Disposiciones Administrativas para regular al menos estos aspectos, identificando criterios que le permitirían a los usuarios, autodeterminar si requerían o no de un permiso de autoconsumo. Esto abonó a dotar de mayores elementos en aras de la certidumbre jurídica que todos en el sector requieren.
Pero el tema de Autoconsumo de Petrolíferos es un tema que la CRE poco ha abordado o abonado en su regulación. Son miles de tanques en todo México, que la industria Minera, de autotransporte y del sector Agrícola, tienen sobre el suelo mexicano, vaya usted a saber bajo qué condiciones operativas se almacena.
Sería increíble pensar, que ahora que los plazos legales en la CRE se han reanudado, lo mismo sucedería en materia de emisión de este tipo de permisos, que, desde hace años, no se ha emitido los necesarios.
¿Cuántas solicitudes están pendientes de resolver? ¿Cuántas no han sido ingresadas? Imposible conocer estos datos. Pero sí podemos traer a la mesa de diálogo el tema, la conveniencia de abrir la conversación y mejorar las condiciones y criterios, porque el último no es muy claro (RES/899/2015); lo anterior en beneficio de la cadena de suministro, y en especial del medio ambiente. Recordemos que si bien el Diésel no es un combustible que cause una explosión u onda expansiva, sí es un combustible que en caso de un accidente (llámese incendio) puede llegar a altísimas temperaturas y causar otros daños colaterales.
Ante este panorama, hago una atenta invitación, para que por conducto de las instancias gubernamentales (al menos de la Secretaría de Economía y de Energía del Gobierno Federal) y el Consejo Minero Mexicano, se aborde el tema para que se logre implementar las mejores prácticas (independientemente del criterio de la ASEA1), por el bien de México y de los más de 406,179 personas2 que trabajan en el Sector.
- Según cifras de CAMIMEX al 2021, fuente: https://www.camimex.org.mx/application/files/5116/7053/3648/05_info_2022.pdf