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Conuee Pone a Disposición de la Copant la Norma Oficial Mexicana para Luminarios LED, la Primera con Carácter Obligatorio en el Mundo
La normatividad mexicana podría servir para crear un proyecto de regulación de lámparas de ese tipo, que sería viable aplicar en países del continente americano
Durante su participación en la reunión del Comité Técnico CT-152 de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (Copant), celebrada en Asunción, Paraguay, funcionarios de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee) pusieron a disposición de este organismo regional la Norma Oficial Mexicana (NOM) para luminarios de diodos emisores de luz (LED, por siglas en inglés), a fin de que se tome como base para la elaboración del proyecto de regulación de lámparas de ese tipo, que se pretende aplicar en los países del continente americano. Los ingenieros Norma Morales e Ybo Pulido, directores del área de Normalización de la Conuee, participaron en la citada reunión, efectuada en las instalaciones del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología de Paraguay. En esta sesión se contó con la participación de 45 delegados de ocho naciones: Honduras, Chile, Brasil, Colombia, Ecuador, México, Argentina y el país anfitrión. En el CT-152 se analizaron y discutieron las propuestas de proyectos de norma para: calentadores solares, motores monofásicos, vehículos, ventiladores de mesa y techo, televisores en modo encendido, lámparas LED y una guía de eficiencia energética de edificaciones. En relación con la propuesta del proyecto de norma para LED, los representantes de la Conuee informaron que en México se tienen dos NOM de eficiencia energética: una para lámparas para iluminación general y otra para luminarios de esa tecnología. “Para la elaboración de estas normas se consultaron las regulaciones existentes a nivel internacional y en el caso de la norma que aplica a luminarios, fue la primera con carácter obligatorio en el mundo”. Cabe recordar que la Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones para las lámparas de LED integradas para iluminación general, así como los métodos de prueba aplicables para comprobar las mismas. Asimismo, establece el tipo de información de características técnicas esenciales acordes con el uso destinado que deben llevar los productos objeto de esta normatividad que se comercialicen dentro de México, y de igual forma atiende la necesidad de que dichos productos propicien el uso eficiente y el ahorro de energía. La Norma Oficial Mexicana aplica a todas las lámparas de LED integradas omnidireccionales y direccionales, que se destinan para iluminación general, en tensiones eléctricas de alimentación de 100 V a 277 V c. a. y 50 Hz o 60 Hz, que se fabriquen o importen para ser comercializadas dentro del territorio nacional. Antes de finalizar la sesión, los integrantes del CT-152 propusieron los siguientes temas a normalizar: energía fotovoltaica, energía eólica, horno de microondas, planchas eléctricas, secadores de cabello, fuentes de energía externa y cocinas eléctricas.