La NOM-017 sustituirá a la NOM-015 del 12 de diciembre de 2013.
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó este viernes las respuestas a los comentarios recibidos por la industria del gas licuado de petróleo (gas LP), con respecto al proyecto de la Norma Oficial Mexicana 017 relativa a las instalaciones de almacenamiento de este energético.
La elaboración del proyecto de la NOM-017-ASEA-2023, “Instalaciones de almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP)” tiene como objetivo cancelar y sustituir la NOM-015-SECRE-2013, “Diseño, construcción, seguridad, operación y mantenimiento de sistemas de almacenamiento de gas licuado de petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que se encuentran directamente vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, o que forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto”, elaborada y expedida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) el 12 de diciembre de 2013.
La ASEA, bajo la dirección de Ángel Carrizales López, puso a disposición el proyecto de NOM desde el 21 de junio de este año y, de acuerdo con el documento publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, la matriz de respuestas a comentarios quedó lista desde el pasado 16 de octubre.
Encuentre la nota en: https://energiaadebate.com/responde-asea-a-los-comentarios-sobre-nueva-nom-de-almacenamiento-de-gas-lp/