Es la generación que tiene una capacidad menor a 500 kW instalados y que no requieren un permiso de generación eléctrica.
Durante esta Administración federal se han detenido los trámites de solicitud de nuevos permisos de generación eléctrica, no solo para grandes inversionistas que buscan realizar proyectos de generación en nuestro país y vender la energía generada, sino también para los usuarios que buscan realizar proyectos de generación en sitio para abastecer su propio consumo de energía eléctrica.
Además de la obstrucción administrativa, también se han venido dando cambios en la regulación que dificultan los trámites y/o que hacen menos atractivos realizar proyectos de generación.
Por otro lado, existe la Generación Distribuida, la cual a grandes rasgos es la generación que tiene una capacidad menor a 500 kW instalados y que no requieren un permiso de generación eléctrica.
A finales de octubre de este año, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ingresó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) un anteproyecto de las disposiciones administrativas de carácter general en materia de centrales eléctricas con capacidad instalada neta menor a 500 kW, generación distribuida y generación limpia distribuida. Este anteproyecto tiene algunas propuestas que preocupan a la industria en general.
La Generación Distribuida ha venido en crecimiento y nosotros como consultores vemos que cada vez más empresas buscan realizar proyectos de este tipo, sobre todo con generación fotovoltaica.
Estos proyectos ayudan a generar y consumir energía limpia, pero en la industria muchas empresas no alcanzan a cubrir todo su consumo con los 500 kW de capacidad instalada.
Por lo que las empresas normalmente compran energía limpia a un precio competitivo en el Suministro Calificado y analizan como complementar con un proyecto de Generación Distribuida. Al año 2021, la capacidad instalada acumulada de la Generación Distribuida se ha distribuido de la siguiente manera por tecnología: Fotovoltaica 99.2 por ciento, Biogás 0.602 por ciento, Biomasa 0.097 por ciento, eólico 0.026 por ciento, gas natural 0.004 por ciento y diésel 0.002 por ciento. Estos datos son considerando casas, comercios e industria.
El crecimiento de la Generación Distribuida fotovoltaica se ha dado de manera exponencial en los últimos años. Del 2007 al 2010 no llegábamos ni a los mil kW de capacidad instalada. Del 2010 al 2015 se creció de 800 kW a 114 mil kW de capacidad instalada. Del 2016 al 2021 el crecimiento fue de 244 mil kW a 2 millones 15 mil kW.
Mucho de este crecimiento se ha dado gracias a la mejora en la tecnología y sus costos, así como la necesidad de las empresas por reducir sus emisiones de CO2.
La regulación actual ha ayudado a que también se de este crecimiento en la Generación Distribuida, sin embargo, el anteproyecto que se publicó en la CONAMER en octubre viene a modificar varios aspectos importantes de la regulación que rige la Generación Distribuida.
Una de las modificaciones es que si un Centro de Carga que se encuentra en un Contrato de Interconexión Legado (CIL) no le será posible realizar un proyecto de Generación Distribuida, ya que la regulación propuesta contempla que no puedan convivir estas dos figuras en un mismo centro de carga.
Las empresas que pueden estar incluidas en un CIL son aquellas que se encuentran comprando energía eléctrica bajo el esquema del Autoabastecimiento. Incluso pudieran estar en un CIL empresas que dejaron de comprar energía eléctrica recientemente, bajo el esquema de Autoabastecimiento.
Es importante realizar los trámites pertinentes para ser excluidos de un CIL si es que ya no se está comprando energía en el Autoabastecimiento.
Hay otras empresas que cuentan con generación en sitio, mayor a 500 kW, que por lo tanto deben tener un permiso de generación y si su permiso fue otorgado bajo la ley anterior, Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) y están interconectados al Sistema Eléctrico Nacional, esos Centros de Carga también deben de estar incluidos en un CIL.
Otras modificaciones propuestas son: el costo asociado al medidor fiscal será cubierto por el Solicitante, CENACE o Distribuidores podrán proponer a SENER límites de penetración por zona, región y sistema para que las centrales puedan ser interconectadas, se requerirá un certificado emitido por una unidad de inspección, se requerirá personal certificado para la instalación de centrales eléctricas fotovoltaicas, se actualizan condiciones bajo las cuales se solicitan los estudios de interconexión y se incluyen los costos asociados a los estudios de interconexión que correrán por cuenta del solicitante. Este anteproyecto aún no se ha aprobado y se encuentra en la CONAMER.