Las visitas de verificación comenzarán el 16 de octubre y habrá sanciones para quien no acredite propiedad de auto-tanques, entre otros motivos.
A partir del próximo 16 de octubre, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) iniciará visitas de verificación a instalaciones de plantas de distribución de gas licuado de petróleo (gas LP) y auto-tanques para el reparto de este energético entre la población, con la finalidad de combatir el robo del hidrocarburo.
“Derivado de las acciones para combatir el robo de Hidrocarburos, así como para mantener la seguridad de la población y proteger los intereses de los usuarios, se estarán realizando visitas de verificación relativas a la actividad de Distribución de Gas Licuado de Petróleo mediante Planta de Distribución y/o Distribución de Gas Licuado Petróleo por medio de auto-tanque”, informó la CRE este lunes mediante un comunicado de prensa.
El órgano regulador, bajo la presidencia de Leopoldo Melchi García, dijo que, entre otra documentación en cada visita de verificación, se solicitará lo siguiente:
- Permiso vigente expedido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que le permita realizar las actividades de Distribución antes referidas.
- Pagos al corriente de supervisión anual ante la CRE.
- Póliza de seguro vigente de la planta y de las unidades.
- Dictámenes de las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.
- Programas de mantenimiento y operación actualizados.
- Facturas que garanticen la licitud del Gas L.P.
- Padrón de auto-tanques y vehículos de reparto vigente y debidamente registrado ante la CRE.
- Acreditar que todas las unidades encontradas en la planta están debidamente registradas y aprobadas por la CRE bajo el amparo del título permiso del visitado y en su caso la justificación de pernocta de las unidades.
- Para aquellas unidades que se encuentren en la planta y no cuenten con la aprobación de la CRE, deberán acreditar que no están operando y el estado actual del trámite de actualización de parque vehicular.
La Comisión especificó que, en caso de que durante la visita se encuentren auto-tanques o vehículos de reparto que no estén registrados ante la CRE, o que lo estén, pero bajo un título de permiso distinto al del visitado y/o sin justificación para pernoctar en el lugar en donde se realiza la visita, los regulados podrán hacerse acreedores a una sanción de tipo administrativa o penal.
Respecto a estas últimas, la CRE dijo que se procederá a la clausura temporal, total o parcial, inhabilitación o inmovilización de equipos, instalaciones, vehículos o sistemas, según corresponda; o a ordenar la suspensión temporal del suministro, del servicio o de la actividad; o a imponer una multa o revocación según corresponda, o a interponer una denuncia de hechos en su contra por la probable comisión de un delito en materia de hidrocarburos y la solicitud de extinción de dominio en los casos en que resulte procedente.
Por ello, la CRE señaló que, para brindar una mayor certeza jurídica a la población en general, es importante que tanto vehículos, como plantas de distribución, acrediten de manera fehaciente y constante el vínculo que guardan con la empresa titular del Permiso.
Asimismo, dijo que es importante que, al momento de la visita, el visitado corrobore que el verificador se encuentra activo en la CRE con credencial vigente.
Cabe recordar que, en agosto pasado, los comisionados Norma Leticia Campos Aragón y Luis Linares Zapata expresaron en sesión del órgano de gobierno de la Comisión la necesidad de aumentar el número de verificadores del sector hidrocarburos, toda vez que desde que inició la presente administración a esa fecha, el número bajó de 15 a solo 7.
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