El 26 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus Covid-19.
Derivado del análisis técnico realizado por el Grupo Científico Asesor para responder a la emergencia sanitaria, el 31 de marzo de 2020 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la crisis generada por el Covid-19, con la finalidad de extender la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta el 30 de mayo de 2020, así como de asegurar la adecuada implementación y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria.
Con el objetivo de evitar la propagación del virus, salvaguardar la integridad y seguridad física de los usuarios y dar cumplimiento a las disposiciones señaladas, la Secretaría de Economía (SE) consideró necesario adecuar las medidas administrativas establecidas en el Acuerdo antes mencionado.
De esta forma, la SE dispuso que se modifiquen los apartados quinto y décimo séptimo. El apartado quinto establece que “en el periodo del 23 de marzo al 29 de mayo, el desahogo de todas las diligencias, tanto para la Secretaría como para las partes, se hará vía correo electrónico, por lo que se habilita la dirección electrónica upci@economia.gob.mx para las promociones que presenten las partes, mismas que deberán proporcionar un correo electrónico para las comunicaciones que haga la Unidad. Durante este periodo no se admitirán promociones de manera presencial”.
El apartado décimo séptimo se modifica de manera que “Las obligaciones de entrega de información a la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético o las áreas que se le adscriben, conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para que los asignatarios, contratistas y permisionarios proporcionen información sobre contenido nacional en las actividades que realicen en la industria de hidrocarburos, que tengan vencimiento durante el mes de abril y mayo se podrán realizar hasta el 30 de junio de 2020”.
Finalmente, es importante destacar que dicho Acuerdo entra en vigor el día de hoy, 30 de abril de 2020, y estará vigente hasta el 30 de mayo del mismo año.