Este miércoles el sector energético mexicano se rige por una nueva política, que constitucionalmente no considera que Pemex y la CFE sean monopolios, aunque se trate de empresas preponderantes en sus mercados.
Este miércoles el sector energético mexicano se rige por una nueva política, que constitucionalmente no considera que Pemex y la CFE sean monopolios, aunque se trate de empresas preponderantes en sus mercados. También tiene un nuevo regulador y tres meses para que se reglamenten los procedimientos legales, mientras que en un mes deberán estar listos los nombramientos de nuevos funcionarios.
La nueva legislación entra en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 19 de marzo en que oficialmente existe un solo regulador energético: la Comisión Nacional de Energía (CNE), y se extinguen las anteriores Comisiones Nacional de Hidrocarburos (CNH) y Reguladora de Energía (CRE).
En las leyes de las empresas estatales se debe crear un Consejo de Administración, que sólo necesita sesionar para entrar en funciones ya que cuenta con funcionarios que ya llevan a cabo sus tareas al interior de las empresas, además de expertos que serán nombrados por la presidenta en un mes.
Los reglamentos cuentan con un plazo de 90 días naturales para su publicación, pero desde la promulgación de las nuevas leyes ya no existen las subsidiarias al interior de Pemex o empresas de la CFE, sino que se crearán filiales para las operaciones de toda la empresa pública, aunque en lo que se ajustan presupuestal, operativa y jurídicamente seguirán las funciones de las empresas operantes hasta el 18 de marzo.
En el caso de la CNE, contará con un Comité Técnico también compuesto por funcionarios de otras dependencias, como Energía, Economía y Hacienda, pero además la presidenta debe enviar a su persona candidata para la dirección general del CNE al Senado, que en un plazo improrrogable de 10 días naturales a partir de que recibió la propuesta debe ratificar mediante el voto favorable de los presentes.
Sin embargo, el nombramiento de la primera persona que ocupe la dirección general de la CNE será realizado por única vez de forma directa por parte de la presidencia, sin que sea necesaria la ratificación del Senado.
El reglamento interno de la CNE debe ser emitido por la persona titular del Ejecutivo en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la entrada en vigor de la nueva legislación.
El Comité técnico de la CNE que es el que toma las decisiones en el regulador será presidido por la titular de Energía o a quien nombre para suplirla, las personas que ocupen las subsecretarías de Hidrocarburos y Electricidad, las personas que dirijan las Unidades de Electricidad y de Hidrocarburos de la propia CNE y tres personas expertas técnicas a quien nombrará la presidenta para que inicien sus cargos el 1 de enero.
La ruta para los cambios regulatorios
- Las leyes entran en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, este miércoles 19 de marzo de 2025.
- La presidenta debe nombrar en un plazo de 10 días naturales a la persona que ocupe la dirección general de la CNE, que en una primera vez no pasará por el Senado.
- El Comité técnico de la CNE deberá tener a tres personas expertas técnicas a quien nombrará la presidenta.
- El reglamento interno de la CNE debe ser emitido por la persona titular del Ejecutivo en un plazo no mayor a 90 días naturales, igual que los reglamentos de distintas actividades de Pemex y la CFE.
- Los expertos que completarán los escaños de los consejos de administración de Pemex y CFE deberán ser propuestos por la presidenta en un mes.
- Todas las operaciones y situaciones legales de Pemex y CFE en su nuevo carácter de empresas públicas serán atendidos por las anteriores subsidiarias hasta que se ejecuten los nuevos nombramientos y formalice la creación de nuevas empresas o departamentos.
Encuentre la nota en: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/arranca-relevo-cne-tomara-estafeta-cre-cnh-20250319-751086.html